Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

¿Cuál de las siguientes notificaciones no puede efectuarse por medios electrónicos según el artículo 41.2?

  1. ALa que tenga por destinatario a una persona jurídica.
  2. La que contenga medios de pago a favor de los obligados, como cheques.Respuesta correcta
  3. CLa que se practique en un procedimiento sancionador.
  4. DLa que notifique una resolución que ponga fin a la vía administrativa.

Explicación

El artículo 41.2 excluye de la vía electrónica las notificaciones en que el acto vaya acompañado de elementos no susceptibles de conversión en formato electrónico y «las que contengan medios de pago a favor de los obligados, tales como cheques». Las personas jurídicas, lejos de quedar excluidas, están obligadas a relacionarse electrónicamente, y ni el carácter sancionador ni el fin de la vía administrativa impiden la notificación electrónica.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 41.

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