AdministraciónDificultad: AvanzadaTemario
Conforme al artículo 69.1 de la Ley 9/2007, las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) se rigen por el Derecho Administrativo en la formación de la voluntad de sus órganos, el ejercicio de potestades administrativas y los aspectos específicamente regulados; en los restantes aspectos:
- Se regirán por el Derecho Administrativo o por el Derecho Privado según su particular gestión empresarial así lo requiera.Respuesta correcta
- BSe rigen por la legislación de fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- CQuedan fuera de todo ordenamiento jurídico autonómico, por su personalidad jurídica diferenciada.
- DSe rigen siempre y solo por el Derecho Privado, sin posibilidad de aplicar el Derecho Administrativo.
Explicación
El artículo 69.1, respecto de las APE del 68.1.b), mantiene el Derecho Administrativo en los ámbitos indicados y, en los restantes, permite Derecho Administrativo o Privado según lo requiera su gestión empresarial. No impone el Privado exclusivo, ni la exclusión del ordenamiento, ni la remisión a la legislación de fundaciones.
Referencia: Artículo 69 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta gratis para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear cuenta gratisMás preguntas de este tema
- Según el artículo 50.1 de la Ley 9/2007, tienen la consideración de entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía las entidades dotadas de personalidad jurídica propia que, creadas, participadas mayoritariamente o controladas efectivamente por la Administración o sus entes públicos, tengan por objeto actividades cuyas características justifiquen su organización en régimen de:
- De acuerdo con el artículo 50.2 de la Ley 9/2007, cuando se creen entidades instrumentales que supongan duplicación de la organización administrativa o de otras entidades ya existentes:
- Conforme al artículo 50.3 de la Ley 9/2007, el control económico-financiero del sector público andaluz, así como la emisión de informes y, en su caso, las autorizaciones en relación con la creación, alteración y supresión de entidades instrumentales, corresponden a:
- Según el artículo 51 de la Ley 9/2007, las entidades instrumentales se ajustarán al principio de instrumentalidad, con arreglo al cual:
- De acuerdo con el artículo 52.1 de la Ley 9/2007, las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía se clasifican en:
- Conforme al artículo 52.2 de la Ley 9/2007, las agencias tienen:
- Según el artículo 52.3 de la Ley 9/2007, las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz:
- De acuerdo con el artículo 52.4 de la Ley 9/2007, para cualquier fórmula de participación no reglada en entidades por parte de las Consejerías o entidades instrumentales, distinta de las previstas en la legislación sectorial o en esta Ley, se requerirá: