AdministraciónDificultad: MediaTemario
Conforme al artículo 62.1 de la Ley 9/2007, el régimen de contratación de las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.a) se rige por las previsiones de la legislación de contratos del sector público respecto de:
- ALas sociedades mercantiles que no tienen la consideración de poder adjudicador en dicha legislación.
- BLas Administraciones Públicas en sentido estricto, sin especialidad alguna para poderes adjudicadores.
- Las entidades que, sin tener el carácter de Administraciones Públicas, tienen la consideración de poderes adjudicadores.Respuesta correcta
- DLas fundaciones del sector público andaluz sujetas solo a Derecho Privado y ajenas a la contratación pública.
Explicación
El artículo 62.1, párrafo segundo, remite la contratación de las agencias del artículo 68.1.a) al régimen de entidades que, sin ser Administraciones Públicas, son poderes adjudicadores. No las equipara al régimen de las Administraciones Públicas ni al de sociedades o fundaciones ajenas a esa categoría.
Referencia: Artículo 62 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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- Según el artículo 50.1 de la Ley 9/2007, tienen la consideración de entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía las entidades dotadas de personalidad jurídica propia que, creadas, participadas mayoritariamente o controladas efectivamente por la Administración o sus entes públicos, tengan por objeto actividades cuyas características justifiquen su organización en régimen de:
- De acuerdo con el artículo 50.2 de la Ley 9/2007, cuando se creen entidades instrumentales que supongan duplicación de la organización administrativa o de otras entidades ya existentes:
- Conforme al artículo 50.3 de la Ley 9/2007, el control económico-financiero del sector público andaluz, así como la emisión de informes y, en su caso, las autorizaciones en relación con la creación, alteración y supresión de entidades instrumentales, corresponden a:
- Según el artículo 51 de la Ley 9/2007, las entidades instrumentales se ajustarán al principio de instrumentalidad, con arreglo al cual:
- De acuerdo con el artículo 52.1 de la Ley 9/2007, las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía se clasifican en:
- Conforme al artículo 52.2 de la Ley 9/2007, las agencias tienen:
- Según el artículo 52.3 de la Ley 9/2007, las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz:
- De acuerdo con el artículo 52.4 de la Ley 9/2007, para cualquier fórmula de participación no reglada en entidades por parte de las Consejerías o entidades instrumentales, distinta de las previstas en la legislación sectorial o en esta Ley, se requerirá: