Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario
Conforme al artículo 6.2 del Decreto 440/2010, la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres analiza y debate la propuesta provisional de informe y propone un documento definitivo:
- AAntes de finalizar el mes de marzo del año siguiente al período de la información.
- BDentro de los diez días siguientes a la recepción de la propuesta provisional.
- CAntes del 31 de diciembre del segundo año del período bienal del informe.
- Antes del 30 de junio del año siguiente al período al que se refiere la información.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 6.2 dispone que la Comisión Interdepartamental, tras recibir la propuesta provisional elaborada por la Consejería a través del Instituto Andaluz de la Mujer, «la analizará, debatirá y propondrá un documento definitivo antes del 30 de junio del año siguiente al período al que se refiere la información». El final de marzo es el plazo previo de remisión de la información por las Consejerías (artículo 6.1).
Referencia: Decreto 440/2010, de 14 de diciembre, art. 6.
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