Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 1 bis.b) de la Ley 13/2007, se consideran víctimas de violencia de género:
- ALos ascendientes del agresor que convivan con la mujer en el domicilio familiar.
- BLas hermanas y hermanos de la mujer que hayan presenciado la agresión sufrida.
- CLas personas que trabajen en el servicio doméstico del hogar de la mujer víctima.
- Las hijas e hijos que sufran la violencia a la que está sometida su madre.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 1 bis.b) incluye entre las víctimas a «las hijas e hijos que sufran la violencia a la que está sometida su madre». Los restantes supuestos no figuran en la enumeración del artículo.
Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 1 bis.b).
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