Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 52.1, ¿está obligada la Administración a convalidar los actos anulables?

  1. No, la ley dispone que «podrá» convalidarlos.Respuesta correcta
  2. BSí, debe convalidarlos de oficio cuando conozca el vicio.
  3. CSí, cuando lo solicite cualquier interesado.
  4. DSí, en el plazo de un mes desde que conozca el vicio.

Explicación

El artículo 52.1 emplea una fórmula potestativa: «La Administración podrá convalidar los actos anulables». A diferencia de la conservación del artículo 51, que el órgano «dispondrá siempre», la convalidación no es obligatoria ni depende de la petición de un interesado o de un plazo.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 52.

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