Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 52.1, ¿está obligada la Administración a convalidar los actos anulables?
- No, la ley dispone que «podrá» convalidarlos.Respuesta correcta
- BSí, debe convalidarlos de oficio cuando conozca el vicio.
- CSí, cuando lo solicite cualquier interesado.
- DSí, en el plazo de un mes desde que conozca el vicio.
Explicación
El artículo 52.1 emplea una fórmula potestativa: «La Administración podrá convalidar los actos anulables». A diferencia de la conservación del artículo 51, que el órgano «dispondrá siempre», la convalidación no es obligatoria ni depende de la petición de un interesado o de un plazo.
Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 52.
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