Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 18.2 de la Ley 2/2021, en el ejercicio de la potestad de inspección la documentación o los equipos podrán retenerse, por su volumen o complejidad, por un plazo máximo de:
- AQuince días.
- BUn mes.
- CCinco días.
- Diez días.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 18.2 permite retener la documentación o los equipos «a causa de su volumen o complejidad, por un plazo máximo de diez días, para su posterior examen y comprobación». Quince días es el plazo para atender los requerimientos de información (artículo 17.b), y la Ley no contempla para la retención plazos de cinco días ni de un mes.
Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 18
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