Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 13.1 de la Ley 12/2007, la Administración de la Junta de Andalucía incorporará a las bases reguladoras de las subvenciones públicas:

  1. ALa exigencia de un plan de igualdad aprobado e inscrito en registro público como requisito para obtener la condición de entidad beneficiaria.
  2. BUn porcentaje mínimo de la cuantía subvencionable que deberá destinarse a acciones de igualdad de género en la ejecución del proyecto.
  3. CLa obligación de presentar un informe de impacto de género del proyecto subvencionado al finalizar el plazo de justificación de la ayuda.
  4. La valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad de género por parte de las entidades solicitantes, salvo que esté justificada su no incorporación.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 13.1 obliga a incorporar a las bases reguladoras «la valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad de género por parte de las entidades solicitantes, salvo en aquellos casos en que, por la naturaleza de la subvención o de las entidades solicitantes, esté justificada su no incorporación». Se trata de un criterio de valoración, no de un requisito de plan de igualdad, de un porcentaje de gasto ni de un informe final.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 13.1.

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