Según el artículo 12.2 del TREBEP, ¿quién establece el número máximo de personal eventual?

  1. Los respectivos órganos de gobierno.Respuesta correcta
  2. BLas leyes de presupuestos de cada Administración.
  3. CLa Mesa General de Negociación correspondiente.
  4. DLa Conferencia Sectorial de Administración Pública.

Explicación

El artículo 12.2 señala que las leyes de Función Pública determinarán los órganos que podrán disponer de este personal y que «el número máximo se establecerá por los respectivos órganos de gobierno», siendo públicos ese número y sus condiciones retributivas.

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 12.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título II - Personal al servicio de las Administraciones Públicas / Capítulo I - Clases de personal». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 12 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 21 de 22 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Los respectivos órganos de gobierno.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 12 - Personal eventual
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 21 de 22
Última revisión

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