Según el artículo 10.2 de la Ley 2/2021, ¿en qué plazo máximo debe la persona titular de la Dirección dictar la resolución motivada que acuerde el traslado de las actuaciones al órgano competente de la Administración local?
- Quince días desde el conocimiento de la existencia de los actos u omisiones.Respuesta correcta
- BDos meses desde la recepción de la denuncia o de la petición razonada.
- CDiez días desde la apertura del periodo de información o actuaciones previas.
- DUn mes desde que la entidad local haya sido requerida para colaborar con la Oficina.
Explicación
El artículo 10.2 obliga a la persona titular de la Dirección a dictar resolución motivada «en el plazo máximo de quince días desde el conocimiento de la existencia de los actos u omisiones descritos», acordando el traslado al órgano local competente para que investigue en ejercicio de sus funciones de control y fiscalización interna. Si antes se ha abierto un periodo de información o actuaciones previas, el artículo 21.4 fija un plazo distinto de treinta días desde esa apertura; los plazos de diez días, un mes o dos meses no figuran en el precepto.
Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 10
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