Según el artículo 100.3 de la Ley 9/2017, ¿qué ocurre con el presupuesto base de licitación con carácter previo a la tramitación de un acuerdo marco?

  1. No es necesario aprobarlo.Respuesta correcta
  2. BDebe aprobarlo el Consejo de Ministros.
  3. CDebe incluir los posibles contratos basados.
  4. DDebe fiscalizarlo previamente la Intervención.

Explicación

El artículo 100.3 dispone que «con carácter previo a la tramitación de un acuerdo marco o de un sistema dinámico de adquisición no será necesario que se apruebe un presupuesto base de licitación».

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 100.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO PRIMERO - Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos / TÍTULO III - Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión / CAPÍTULO I - Normas generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 100 de Ley 9/2017. Es la pregunta 9 de 16 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «No es necesario aprobarlo.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 100 - Presupuesto base de licitación
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 9 de 16
Última revisión

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