Según el apartado 2.3.1.a), ¿hasta qué edad de los hijos e hijas a cargo se puede flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia?

  1. AHasta catorce años, inclusive.
  2. Hasta doce años, inclusive.Respuesta correcta
  3. CHasta diez años, inclusive.
  4. DHasta dieciséis años, inclusive.

Explicación

El apartado 2.3.1.a) reconoce el derecho a flexibilizar una hora diaria a quienes tengan a su cargo «hijos e hijas de hasta doce años, inclusive».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.3.1.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 2 - Jornada laboral ordinaria y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.3.1.a. Es la pregunta 11 de 28 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Hasta doce años, inclusive.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 2.3 - Supuestos especiales de flexibilidad horaria
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 28
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