¿Cuánto tiempo diario puede flexibilizarse el horario de obligada permanencia en los supuestos del apartado 2.3.1.a) de la Instrucción 3/2019?
- AMedia hora diaria.
- BDos horas diarias.
- CHora y media diaria.
- Una hora diaria.Respuesta correcta
Explicación
El apartado 2.3.1.a) reconoce el derecho «a flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia» en los supuestos de cuidado que enumera.
Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.3.1.a.
¿Crees que la respuesta correcta es otra?
Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 2 - Jornada laboral ordinaria y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.3.1.a. Es la pregunta 12 de 28 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Una hora diaria.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Apartado 2.3 - Supuestos especiales de flexibilidad horaria
- Normativa
- Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 12 de 28
- Última revisión
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas del mismo apartado
- Según el apartado 2.3.1.a), ¿hasta qué edad de los hijos e hijas a cargo se puede flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia?
- Quien tenga a su cargo personas con discapacidad hasta el primer grado, ¿de cuánta flexibilidad diaria puede disponer según el apartado 2.3.1.b)?
- Según el apartado 2.3.1.d), el personal puede ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de reproducción asistida:
- Excepcionalmente, ¿en cuánto pueden autorizar los órganos de personal la modificación del horario de obligada permanencia por conciliación, según el apartado 2.3.1.e)?
- ¿Para qué pueden ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable quienes tengan hijos e hijas con discapacidad, según el apartado 2.3.1.c)?
- En los supuestos especiales de flexibilidad horaria, ¿cómo deben presentarse las solicitudes según el apartado 2.3.2?
Más preguntas de este tema
- Según el apartado 2.1 de la Instrucción 3/2019, ¿cómo se computa con carácter general la jornada de trabajo?
- ¿Cuál es la jornada ordinaria de trabajo según el apartado 2.1.2 de la Instrucción 3/2019?
- El personal con el factor de especial dedicación en su complemento específico debe cumplir además, según el apartado 2.1.3, un suplemento de:
- Según el apartado 2.2.1 de la Instrucción 3/2019, ¿entre qué horas está comprendido el horario de mañana de la jornada ordinaria?
- ¿Qué días y en qué franja se sitúa con carácter general el horario de tarde, según el apartado 2.2.1?
- Según el apartado 2.2.1 de la Instrucción 3/2019, el horario de tarde solo es de obligado cumplimiento para:
- Además del suplemento de especial dedicación, ¿para qué puede utilizarse el horario de tarde según el apartado 2.2.1?
- ¿Entre qué horas es obligatoria la presencia según el apartado 2.2.2 de la Instrucción 3/2019?