¿Cuánto tiempo diario puede flexibilizarse el horario de obligada permanencia en los supuestos del apartado 2.3.1.a) de la Instrucción 3/2019?

  1. AMedia hora diaria.
  2. BDos horas diarias.
  3. CHora y media diaria.
  4. Una hora diaria.Respuesta correcta

Explicación

El apartado 2.3.1.a) reconoce el derecho «a flexibilizar en una hora diaria el horario de obligada permanencia» en los supuestos de cuidado que enumera.

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.3.1.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 2 - Jornada laboral ordinaria y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.3.1.a. Es la pregunta 12 de 28 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Una hora diaria.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 2.3 - Supuestos especiales de flexibilidad horaria
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 12 de 28
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