Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Respecto de los procedimientos jurisdiccionales de responsabilidad contable, el artículo 12.3 prevé que la Cámara de Cuentas:

  1. APueda dictar sentencia en primera instancia, recurrible ante el Tribunal de Cuentas.
  2. BNo tenga intervención alguna, al estar reservados por completo al Tribunal de Cuentas.
  3. CPueda instruirlos y resolverlos cuando afecten a Corporaciones Locales.
  4. Pueda efectuar su instrucción, de acuerdo con la legislación específica del Tribunal de Cuentas.Respuesta correcta

Explicación

El segundo párrafo del artículo 12.3 dispone que «la instrucción de los procedimientos jurisdiccionales correspondientes podrá ser efectuada por la Cámara de Cuentas de acuerdo con lo prevenido en la legislación específica del Tribunal de Cuentas». La Cámara puede instruir, pero no resolver ni dictar sentencias, tampoco respecto de las Corporaciones Locales; la exposición de motivos explica que se evitó el nombre de Tribunal para dejar clara su función esencialmente fiscalizadora.

Referencia: Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, art. 12.

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