Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Antes de emitir cualquier informe definitivo, la Cámara de Cuentas, según el artículo 13:

  1. Comunica a los organismos controlados el resultado para que se manifiesten sobre reparos y recomendaciones.Respuesta correcta
  2. BSomete el informe a la aprobación previa de la Comisión de Hacienda y Presupuestos del Parlamento.
  3. CRemite el informe provisional al Tribunal de Cuentas para que preste su conformidad.
  4. DPublica el informe provisional en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Explicación

El artículo 13 obliga a comunicar previamente «a los organismos controlados el resultado de su actuación», que deben manifestarse sobre «los reparos y recomendaciones recogidos en el informe provisional» y sobre las medidas adoptadas o previstas. No hay aprobación previa parlamentaria ni conformidad del Tribunal de Cuentas, y lo que se publica es el informe definitivo (art. 12.1), no el provisional.

Referencia: Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, art. 13.

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