Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿Qué puede proponer la persona titular de la Vicepresidencia a la Presidencia y al Pleno según el artículo 21 bis.d)?

  1. Las medidas necesarias para la organización de los servicios comunes.Respuesta correcta
  2. BLa designación de los Consejeros que integran la Comisión de Gobierno.
  3. CLa aprobación del proyecto de presupuesto de la Cámara de Cuentas.
  4. DEl cese de los Consejeros por incompatibilidad sobrevenida.

Explicación

El artículo 21 bis.d) permite a la Vicepresidencia «proponer a la persona titular de la Presidencia y al Pleno las medidas necesarias para la organización de los servicios comunes». La designación de los dos Consejeros de la Comisión de Gobierno la hace el Pleno (art. 18), el proyecto de presupuesto lo aprueba el Pleno sobre el anteproyecto de la Secretaría General (arts. 19.b y 23.2.b) y el cese se rige por los artículos 27 y 28.

Referencia: Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, art. 21 bis.

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