¿Qué período mínimo de cotización efectiva exige el artículo 207.1.c) de la LGSS para la jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador?
- Treinta y tres años.Respuesta correcta
- BTreinta y cinco años.
- CTreinta años.
- DVeinticinco años.
Explicación
El artículo 207.1.c) exige acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 33 años, sin computar la parte proporcional por pagas extraordinarias.
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 207.1.c.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo XIII - Jubilación en su modalidad contributiva». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 207 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 11 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Treinta y tres años.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Artículo o apartado
- Artículo 207 - Jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 11 de 20
- Última revisión
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