Para el cómputo de los períodos de cotización a efectos de la edad de jubilación, el artículo 205.1.a) de la LGSS establece que:

  1. ALas fracciones de mes superiores a quince días se computan como mes completo.
  2. Se toman años y meses completos, sin equiparar a ellos sus fracciones.Respuesta correcta
  3. CLas fracciones de año se redondean siempre al año completo superior.
  4. DSe computan los días cotizados divididos entre trescientos sesenta y cinco.

Explicación

El párrafo segundo del artículo 205.1.a) dispone que se tomarán años y meses completos, «sin que se equiparen a ellos las fracciones de los mismos».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 205.1.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo XIII - Jubilación en su modalidad contributiva». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 205 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 3 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Se toman años y meses completos, sin equiparar a ellos sus fracciones.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 205 - Beneficiarios
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 3 de 20
Última revisión

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