Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Para integrar la perspectiva de género, el artículo 10.1.a) de la Ley 12/2007 obliga a los poderes públicos de Andalucía a:

  1. APublicar cada mes un boletín con los datos de empleo desagregados por sexo de toda la Comunidad Autónoma.
  2. BEncargar al Observatorio Andaluz de la Igualdad todas las operaciones estadísticas con variable de sexo.
  3. CIncluir la variable sexo en las estadísticas oficiales cuando lo solicite el Instituto Andaluz de la Mujer.
  4. Incluir sistemáticamente la variable sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que realicen.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 10.1.a) impone «incluir sistemáticamente la variable sexo en las estadísticas, encuestas y recogida de datos que realicen». La inclusión es sistemática, no a solicitud del Instituto Andaluz de la Mujer, y la ley no centraliza la estadística en el Observatorio ni impone un boletín mensual.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 10.1.a).

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema