Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario

Para calcular la representación equilibrada en los órganos colegiados de la Administración de la Junta de Andalucía, el artículo 11.2 de la Ley 12/2007 dispone que:

  1. ASe excluye del cómputo a quienes formen parte de ellos por razón de su cargo, que se computan aparte.
  2. BSolo se tiene en cuenta a las personas designadas a propuesta de organizaciones sociales o sindicales.
  3. Se incluye en el cómputo a las personas que formen parte de ellos en función del cargo específico que desempeñen.Respuesta correcta
  4. DSe computa únicamente a los miembros con voto, excluyendo la Presidencia y la Secretaría del órgano.

Explicación

El artículo 11.2 exige respetar la representación equilibrada en los órganos colegiados «incluyendo en el cómputo a aquellas personas que formen parte de los mismos en función del cargo específico que desempeñen», criterio que se observa también en su modificación o renovación. Por tanto, los miembros natos no quedan fuera del cómputo, y la ley no excluye a la Presidencia ni a la Secretaría.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 11.2.

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema