Las personas asesoras especialistas incorporadas a las comisiones de selección:

  1. ATienen voz y voto en las cuestiones de su especialidad.
  2. BCalifican los ejercicios relacionados con su especialidad.
  3. Tienen voz, pero no participan en la evaluación ni en los acuerdos.Respuesta correcta
  4. DSustituyen a los miembros titulares en caso de ausencia.

Explicación

El artículo 38.1 dispone que prestan asesoramiento técnico en cuestiones de su especialidad, con voz, pero en ningún caso podrán participar en la evaluación y toma de acuerdos.

Referencia: Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, art. 38.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título II - Selección de personal / Capítulo V - Comisiones de selección». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 38 de Decreto 51/2025. Es la pregunta 16 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción C: «Tienen voz, pero no participan en la evaluación ni en los acuerdos.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 38 - Personas asesoras especialistas
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 16 de 20
Última revisión

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