Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario
La interpretación, nulidad y resolución de los contratos administrativos requiere dictamen del Consejo Consultivo cuando:
- AEl precio del contrato sea igual o superior a 600.000 euros.
- BLo solicite la mesa de contratación de forma motivada.
- CEl contrato tenga una duración superior a cuatro años.
- Se formule oposición por parte del contratista.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 17.10.d exige dictamen en la «interpretación, nulidad y resolución de los contratos cuando se formule oposición por parte del contratista». El precio de 600.000 euros solo opera en las modificaciones no previstas en el pliego, y la ley no atiende a la petición de la mesa de contratación ni a la duración del contrato.
Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 17.
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