Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario

¿En qué plazo debía constituirse el Observatorio Andaluz de la Violencia de Género según la disposición adicional única del Decreto 298/2010?

  1. En el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor del Decreto.Respuesta correcta
  2. BEn el plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor del Decreto.
  3. CEn el plazo máximo de un mes desde la publicación del Decreto en el BOJA.
  4. DEn el plazo máximo de seis meses desde la designación de sus vocalías.

Explicación

La disposición adicional única dispone que el Observatorio «se constituirá en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la entrada en vigor» del Decreto. Los cuatro meses son el plazo para que el Pleno apruebe su Reglamento interno, contado desde la constitución (disposición final primera).

Referencia: Decreto 298/2010, de 25 de mayo, disposición adicional única.

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