Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario

Según la disposición adicional tercera.2 del Decreto 275/2010, la facultad de crear Unidades de Igualdad de Género en las agencias administrativas y de régimen especial existentes debía ejercerse:

  1. AEn el plazo máximo de un mes desde el día siguiente al de la entrada en vigor.
  2. BEn el plazo máximo de tres meses desde la designación de la Unidad de la Consejería.
  3. CEn cualquier momento, sin sujeción a plazo, por decisión de la persona titular de la agencia.
  4. En el plazo máximo de un año desde el día siguiente al de la entrada en vigor.Respuesta correcta

Explicación

La disposición adicional tercera.2 establece que esta facultad, que corresponde a las personas titulares de las Consejerías según el artículo 3.2, «se ejercerá en el plazo máximo de un año, a contar desde el día siguiente al de la entrada en vigor». El plazo de un mes es el previsto para designar los órganos directivos de las Consejerías (apartado 1).

Referencia: Decreto 275/2010, de 27 de abril, disposición adicional tercera.

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