Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

En los procedimientos sancionadores, la propuesta de resolución del artículo 88.7 deberá ser notificada a los interesados:

  1. ASolo si la sanción propuesta supera los 50.000 euros.
  2. BÚnicamente cuando el inculpado lo solicite.
  3. CTras la resolución definitiva, como trámite de mera información.
  4. Según lo regulado en el artículo 89.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 88.7 remite la notificación de la propuesta sancionadora a los términos del artículo 89. No la condiciona a umbrales cuantitativos ni a petición del inculpado, ni la pospone a después de resolver.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 88.

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