Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
El artículo 2.2 del Decreto 298/2010 establece la adscripción del órgano. ¿En qué términos?
- AAl Instituto Andaluz de la Mujer, a través de su Unidad de igualdad de género.
- BA la Comisión Institucional de violencia de género, a través de su Comisión Permanente.
- A la Consejería con competencia en igualdad, a través del órgano directivo competente en violencia de género.Respuesta correcta
- DA la Consejería competente en justicia, a través de su órgano directivo de atención a víctimas.
Explicación
El artículo 2.2 dispone que el Observatorio «estará adscrito a la Consejería con competencia en materias de igualdad a través del órgano directivo competente en materia de violencia de género». Por eso la persona titular de ese órgano directivo ejerce la Vicepresidencia del Pleno (artículo 8.2) y preside la Comisión Permanente (artículo 12.2).
Referencia: Decreto 298/2010, de 25 de mayo, art. 2.
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