Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 2/2021, el mandato de la persona titular de la Dirección de la Oficina:

  1. AEs de cuatro años, coincidente con la legislatura, y renovable por una sola vez.
  2. BEs de seis años desde su nombramiento y no es renovable.
  3. Es de cinco años desde la fecha de su elección por el Parlamento y no es renovable.Respuesta correcta
  4. DEs de cinco años desde la toma de posesión y renovable por un único periodo.

Explicación

El artículo 25.4 dispone que «el mandato de la persona titular de la Dirección de la Oficina será de cinco años desde la fecha de su elección por el Parlamento de Andalucía y no será renovable». El mandato no está vinculado a la legislatura, no admite renovación y se computa desde la elección, no desde el nombramiento ni desde la toma de posesión.

Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 25

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