Cuando la Administración tenga conocimiento de procedimientos judiciales que afecten o puedan afectar a documentos electrónicos, estos (art. 54.2 del Reglamento):
- APodrán destruirse una vez transcurrido el período mínimo de conservación fijado por la Administración.
- Deberán conservarse a disposición de los órganos jurisdiccionales hasta que conste la terminación del procedimiento judicial.Respuesta correcta
- CDeberán remitirse en original al órgano jurisdiccional, quedando la Administración con una copia simple.
- DDeberán conservarse cinco años más a contar desde la firmeza de la sentencia de primera instancia.
Explicación
El artículo 54.2 dispone que esos documentos «deberán conservarse a disposición de los órganos jurisdiccionales, hasta tanto exista constancia de la terminación del procedimiento judicial correspondiente en las sucesivas instancias». La conservación prevalece sobre los periodos mínimos ordinarios, no se exige remitir el original y el plazo no es fijo, sino ligado a la terminación del litigio.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 54.2.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título III - Expediente administrativo electrónico». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 54 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 13 de 15 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «Deberán conservarse a disposición de los órganos jurisdiccionales hasta que conste la terminación del procedimiento judicial.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 54 - Conservación de documentos electrónicos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 13 de 15
- Última revisión
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