¿Qué modalidad de referencia temporal se utiliza con carácter general en los documentos administrativos electrónicos según el artículo 50.2 del Reglamento?
- AEl sello electrónico cualificado de tiempo, salvo que las normas reguladoras admitan la marca de tiempo.
- BEl sello de tiempo no cualificado, que prevalece sobre la marca de tiempo en los procedimientos.
- CLa fecha del asiento de registro de entrada, salvo que el documento se haya generado automáticamente.
- La marca de tiempo, salvo que las normas reguladoras establezcan el sello electrónico cualificado de tiempo.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 50.2 dispone que «la marca de tiempo será utilizada en todos aquellos casos en los que las normas reguladoras no establezcan la utilización de un sello electrónico cualificado de tiempo». La regla general es la inversa a la que exige el sello cualificado, los sellos de tiempo no cualificados se asimilan a las marcas de tiempo (art. 50.1.b) y la fecha de registro no es una de las modalidades.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 50.2.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título III - Expediente administrativo electrónico». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 50 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 6 de 15 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «La marca de tiempo, salvo que las normas reguladoras establezcan el sello electrónico cualificado de tiempo.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 50 - Referencia temporal de los documentos administrativos electrónicos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 6 de 15
- Última revisión
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