Según el artículo 47.2 del Reglamento, las copias auténticas se expedirán:
- AA partir de un original o de una copia simple cotejada, con una validez inferior a la del original.
- Siempre a partir de un original o de otra copia auténtica, con la misma validez y eficacia que el original.Respuesta correcta
- CSolo a partir de originales electrónicos, sin que quepa la copia auténtica de otra copia auténtica.
- DA partir de cualquier documento que aporte el interesado, con el valor de una mera copia simple.
Explicación
El artículo 47.2 dispone que «las copias auténticas se expedirán siempre a partir de un original o de otra copia auténtica y tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales». La copia simple no sirve de base, cabe la copia de otra copia auténtica y de originales en cualquier soporte (art. 47.1), y su eficacia no es inferior a la del original.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 47.2.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título III - Expediente administrativo electrónico». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 47 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 2 de 15 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Siempre a partir de un original o de otra copia auténtica, con la misma validez y eficacia que el original.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 47 - Requisitos de validez y eficacia de las copias auténticas de documentos
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 15
- Última revisión
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