Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 56.2 de la Ley 13/2007, las faltas de asistencia totales o parciales de la jornada de las empleadas públicas de la Junta causadas por la violencia de género tendrán la consideración de justificadas:

  1. ADurante un máximo de quince días hábiles por cada año natural de prestación de servicios.
  2. BSiempre que la empleada aporte copia de la denuncia en el plazo de tres días hábiles.
  3. En el tiempo y condiciones que determinen los servicios sociales de atención o de salud.Respuesta correcta
  4. DSolo si la empleada es personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Junta.

Explicación

El artículo 56.2 dispone que esas faltas de asistencia «tendrán la consideración de justificadas en el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud, según proceda».

Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 56.2.

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