Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 56.2 de la Ley 13/2007, las faltas de asistencia totales o parciales de la jornada de las empleadas públicas de la Junta causadas por la violencia de género tendrán la consideración de justificadas:
- ADurante un máximo de quince días hábiles por cada año natural de prestación de servicios.
- BSiempre que la empleada aporte copia de la denuncia en el plazo de tres días hábiles.
- En el tiempo y condiciones que determinen los servicios sociales de atención o de salud.Respuesta correcta
- DSolo si la empleada es personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Junta.
Explicación
El artículo 56.2 dispone que esas faltas de asistencia «tendrán la consideración de justificadas en el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud, según proceda».
Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 56.2.
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas de este tema
- Según el artículo 46.1 de la Ley 13/2007, las dotaciones económicas destinadas a ayudas para las víctimas deberán recoger las previsiones suficientes para que puedan acceder a ellas:
- Conforme al artículo 46 bis de la Ley 13/2007, la prestación económica anual a los hijos e hijas menores de edad de las mujeres víctimas mortales de violencia de género:
- Según el artículo 47.1 de la Ley 13/2007, la violencia de género en el entorno familiar se incluirá como factor de valoración para la concesión de ayudas destinadas a familias con escasos recursos dirigidas a:
- Conforme al artículo 47.2 de la Ley 13/2007, la situación de violencia de género se tendrá en cuenta para el acceso preferente de los hijos e hijas en la adjudicación de plazas de:
- Según el artículo 48.1 de la Ley 13/2007, en las promociones de vivienda protegida que se estimen necesarias, las Administraciones públicas de Andalucía podrán establecer para las mujeres que acrediten la situación de violencia de género:
- Conforme al artículo 48.4 de la Ley 13/2007, deben ser consideradas colectivo preferente para el acceso a las residencias públicas las víctimas de violencia de género en situación de precariedad económica que sean:
- Según el artículo 49.1 de la Ley 13/2007, con la finalidad de proteger la integridad física y psicológica de las víctimas que lo acrediten, se reconoce la posibilidad de autorizar:
- Conforme al artículo 50 de la Ley 13/2007, en los procedimientos de acceso a viviendas protegidas las Administraciones garantizarán, en particular en los ficheros y programas informáticos, la confidencialidad de: