Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 48.1 de la Ley 13/2007, en las promociones de vivienda protegida que se estimen necesarias, las Administraciones públicas de Andalucía podrán establecer para las mujeres que acrediten la situación de violencia de género:

  1. Un cupo de reserva de viviendas específico para su cesión o adjudicación en alquiler o en propiedad.Respuesta correcta
  2. BLa adjudicación gratuita y en propiedad de una vivienda sin necesidad de cumplir ningún requisito.
  3. CUna exención total del pago de la renta de alquiler durante los cinco primeros años de ocupación.
  4. DUn derecho de tanteo y retracto sobre la vivienda familiar que pertenezca en propiedad al agresor.

Explicación

El artículo 48.1 permite establecer «un cupo de reserva de viviendas específico en aquellas promociones de vivienda protegida que se estimen necesarias, para su cesión o adjudicación en régimen de alquiler o en propiedad» a las mujeres que acrediten la situación de violencia, cumplan los requisitos y tengan necesidad de vivienda.

Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 48.1.

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