Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 48 de la Ley 2/2021, los plazos de prescripción de las infracciones muy graves, graves y leves son, respectivamente:
- Cinco años, tres años y un año.Respuesta correcta
- BTres años, dos años y seis meses.
- CCuatro años, dos años y un año.
- DCinco años, dos años y seis meses.
Explicación
El artículo 48.1 fija la prescripción de las infracciones en «cinco años para las infracciones muy graves, tres años para las graves y un año para las leves», y el apartado 2 establece los mismos plazos para la prescripción de las sanciones impuestas por cada categoría. No se recogen plazos de cuatro o dos años ni de seis meses.
Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 48
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