Conforme al artículo 24.2 de la Ley 2/2021, en lo no previsto en la Ley y en el reglamento de régimen interior y funcionamiento, el procedimiento de investigación e inspección se ajustará a lo establecido en:
- ALa Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- La Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, ambas de 1 de octubre.Respuesta correcta
- CLa Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía, y la Ley 6/2006, del Gobierno de Andalucía.
- DLa Ley 19/2013, de transparencia, y la Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía.
Explicación
El artículo 24.2 dispone que, en lo no previsto en la Ley y en el reglamento de régimen interior y funcionamiento, el procedimiento «se ajustará a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre». La Ley de Enjuiciamiento Criminal se menciona a propósito de la comunicación de indicios penales (artículo 12.2), la Ley 29/1998 en relación con los actos de la Oficina sujetos al derecho administrativo (artículo 30.4) y la Ley 9/2007 como norma aplicable al procedimiento sancionador (artículo 40.4).
Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 24
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