¿Cómo se formaliza la recepción de los bienes afectados por la Consejería o agencia a la que se adscriben, según el artículo 16.3?
- Mediante acta firmada por representantes de esta y de la Dirección General de Patrimonio.Respuesta correcta
- BMediante escritura pública otorgada ante notario por la Consejería de patrimonio.
- CMediante resolución de la Consejería de adscripción publicada en el BOJA.
- DMediante certificación del Inventario General expedida por la Intervención.
Explicación
El artículo 16.3 establece que la recepción de los bienes por la Consejería o agencia a que se adscriban «se formalizará mediante suscripción del acta correspondiente por las personas designadas como representantes por esta y por la Dirección General de Patrimonio».
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 16.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título I - De los bienes y derechos de la comunidad autónoma / Capítulo III - Afectación y desafectación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 16 de Ley 7/2025. Es la pregunta 13 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Mediante acta firmada por representantes de esta y de la Dirección General de Patrimonio.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 16 - Competencias y procedimiento para la afectación de bienes y derechos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 13 de 20
- Última revisión
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