¿A quién corresponde la afectación de los bienes muebles de la Junta de Andalucía, según el artículo 16.1?
- AA la persona titular de la Consejería de patrimonio.
- A las consejerías o agencias a las que queden adscritos.Respuesta correcta
- CA la Dirección General de Patrimonio en todo el territorio.
- DA los órganos territoriales provinciales de patrimonio.
Explicación
El párrafo segundo del artículo 16.1 dispone que la afectación de los bienes muebles y demás derechos que no recaigan sobre inmuebles «corresponderá a las consejerías o agencias a las que queden adscritos». Los inmuebles se afectan por la persona titular de la Consejería de patrimonio.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 16.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título I - De los bienes y derechos de la comunidad autónoma / Capítulo III - Afectación y desafectación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 16 de Ley 7/2025. Es la pregunta 11 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «A las consejerías o agencias a las que queden adscritos.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 16 - Competencias y procedimiento para la afectación de bienes y derechos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 11 de 20
- Última revisión
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