¿Qué requisito exige el artículo 17.1 para que un bien pueda afectarse a más de un uso general o servicio público?
- AQue todos los fines correspondan a una misma consejería.
- BQue lo autorice previamente el Consejo de Gobierno.
- CQue el bien sea un inmueble de uso compartido o múltiple.
- Que los diversos fines concurrentes sean compatibles entre sí.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 17.1 permite la afectación a más de un uso general o servicio público «siempre que los diversos fines concurrentes sean compatibles entre sí». El apartado 2 añade que la resolución determinará las facultades de cada consejería o agencia.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 17.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título I - De los bienes y derechos de la comunidad autónoma / Capítulo III - Afectación y desafectación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 17 de Ley 7/2025. Es la pregunta 14 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Que los diversos fines concurrentes sean compatibles entre sí.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 17 - Afectaciones concurrentes
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 14 de 20
- Última revisión
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