Si una Administración pone a disposición una notificación tanto en su sede electrónica como en la Dirección Electrónica Habilitada única, ¿qué fecha y hora se toma para el cómputo de plazos (art. 42.1 del Reglamento)?
- ALa del acceso al contenido o el rechazo en la Dirección Electrónica Habilitada única.
- BLa de la puesta a disposición en el sistema en que se haya producido en último lugar.
- CLa del acceso al contenido o el rechazo en la sede electrónica del órgano emisor.
- La del acceso al contenido o el rechazo en el sistema en que haya ocurrido en primer lugar.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 42.1 dispone que, si se notifica por ambos sistemas, «se tomará la fecha y hora de acceso al contenido o el rechazo de la notificación por el interesado o su representante en el sistema en el que haya ocurrido en primer lugar», y exige sincronizar automáticamente el estado de la notificación en ambos. No prevalece un sistema sobre otro, y lo relevante es el acceso o el rechazo, no la puesta a disposición.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 42.1.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título II - Procedimiento administrativo por medios electrónicos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 42 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 14 de 62 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «La del acceso al contenido o el rechazo en el sistema en que haya ocurrido en primer lugar.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 42 - Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 14 de 62
- Última revisión
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