En los supuestos de sucesión de personas físicas o jurídicas, ¿en qué plazo debe la persona sucesora comunicar la sucesión a la Administración que tramita el procedimiento (art. 42.4 del Reglamento)?
- Quince días hábiles desde el día siguiente al de la efectividad de la sucesión o la inscripción de la defunción.Respuesta correcta
- BDiez días hábiles desde el día siguiente al de la efectividad de la sucesión o la inscripción de la defunción.
- CUn mes desde la fecha en que el sucesor haya tenido conocimiento de la existencia del procedimiento.
- DQuince días naturales desde que el Registro Civil comunique la defunción a la Administración actuante.
Explicación
El artículo 42.4 fija el plazo de «15 días hábiles, desde el día siguiente al de la efectividad de la sucesión o desde la inscripción de la defunción en el Registro Civil». Si comunica después, los defectos en las notificaciones anteriores le serán imputables, y la Administración da por cumplida su obligación de puesta a disposición. No se trata de diez días, de un mes ni de días naturales.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 42.4.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título II - Procedimiento administrativo por medios electrónicos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 42 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 16 de 62 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Quince días hábiles desde el día siguiente al de la efectividad de la sucesión o la inscripción de la defunción.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 42 - Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 16 de 62
- Última revisión
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