Según el artículo 37.2 del Reglamento, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de cada Administración:
- ADeberán utilizar en exclusiva el Registro Electrónico General de la Administración de la que dependan.
- BDeberán crear su propio registro electrónico, independiente del Registro Electrónico General.
- CPodrán tener registro propio solo cuando dispongan de una sede electrónica independiente.
- Podrán disponer de su propio registro electrónico, interoperable e interconectado con el Registro Electrónico General.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 37.2 prevé un Registro Electrónico General en cada Administración y añade que sus organismos y entidades «podrán disponer de su propio registro electrónico plenamente interoperable e interconectado con el Registro Electrónico General». Es una facultad, no una obligación ni una prohibición, el registro propio no puede ser independiente del general y no se condiciona a tener sede propia.
Referencia: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 37.2.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Título II - Procedimiento administrativo por medios electrónicos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 37 de Real Decreto 203/2021. Es la pregunta 1 de 62 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Podrán disponer de su propio registro electrónico, interoperable e interconectado con el Registro Electrónico General.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 37 - Registro electrónico
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 62
- Última revisión
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- De acuerdo con el artículo 38.1 del Reglamento, el Registro Electrónico General de la Administración General del Estado se configura como:
- Según el artículo 38.2 del Reglamento, las anotaciones en el Registro General de la Administración General del Estado tendrán:
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- Cuando se presentan documentos originales o copias auténticas en soporte no electrónico en las oficinas de asistencia, una vez digitalizados tendrán la consideración de (art. 39.3 del Reglamento):
- Cuando el tamaño de los documentos registrados exceda la capacidad que se determine para el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), su remisión podrá sustituirse (art. 39.4 del Reglamento):
- Según el artículo 39.6 del Reglamento, el archivo de los documentos intercambiados por registro corresponderá:
- ¿Qué naturaleza tienen las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración General del Estado según el artículo 40.1 del Reglamento?