Si no hay puesto para reubicar en la misma localidad o limítrofes, ¿qué prevé el artículo 20.7.1 sobre el traslado?

  1. Que no genera derecho a indemnización alguna.Respuesta correcta
  2. BQue da derecho a ocho dietas por familiar.
  3. CQue da derecho a los gastos de mudanza.
  4. DQue requiere la conformidad de la persona afectada.

Explicación

El artículo 20.7.1 (Acuerdo de la Comisión del Convenio publicado en el BOJA núm. 232, de 2 de diciembre de 2016) dispone que, en ese supuesto, «el traslado que se derive de la adjudicación de dicho destino no generará derecho al abono de indemnización por concepto alguno».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 20.7.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VI - Selección del personal y provisión de puestos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 20.7.1. Es la pregunta 56 de 59 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Que no genera derecho a indemnización alguna.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 20 - Provisión de puestos
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 56 de 59
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