Para los Grupos III, IV y V, ¿cuándo pueden celebrarse pruebas en la selección según el artículo 16.3?

  1. ACuando lo decida la Consejería convocante sin más trámite.
  2. Cuando lo justifiquen las funciones y lo acuerde la Comisión del Convenio.Respuesta correcta
  3. CCuando el número de aspirantes supere el de plazas ofertadas.
  4. DCuando lo solicite la mayoría de la representación del centro.

Explicación

El artículo 16.3 prevé el concurso para esos Grupos, pero, «cuando por la naturaleza de las funciones a desempeñar resulte adecuado y lo acuerde la Comisión del Convenio», pueden celebrarse pruebas.

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 16.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VI - Selección del personal y provisión de puestos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 16.3. Es la pregunta 6 de 59 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Cuando lo justifiquen las funciones y lo acuerde la Comisión del Convenio.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 16 - Selección del personal
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 6 de 59
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