Si en la beneficiaria del subsidio especial concurren a la vez familia numerosa y parto múltiple, ¿cuánto se incrementa la duración del subsidio (artículo 182.3 de la LGSS)?
- ACatorce días naturales por cada circunstancia.
- Catorce días naturales en total.Respuesta correcta
- CVeintiocho días naturales como mínimo.
- DSiete días naturales por cada circunstancia.
Explicación
El último párrafo del artículo 182.3 dispone que la duración del subsidio de cada beneficiaria «únicamente podrá incrementarse en catorce días naturales, aun cuando concurran dos o más circunstancias».
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 182.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo VI - Nacimiento y cuidado de menor». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 182 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 10 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Catorce días naturales en total.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Tema
- Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo VI - Nacimiento y cuidado de menor
- Artículo o apartado
- Artículo 182 - Prestación económica
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 10 de 10
- Última revisión
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