Según el artículo 8.1 de la LGSS, las personas comprendidas en el sistema no podrán estar incluidas con carácter obligatorio, por el mismo trabajo:
- AEn más de un sistema especial del Régimen General.
- BEn una mutualidad de previsión de carácter voluntario.
- CEn un plan de pensiones del sistema de empleo.
- En otros regímenes de previsión distintos de los del sistema.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 8.1 prohíbe que dichas personas estén incluidas por el mismo trabajo, con carácter obligatorio, «en otros regímenes de previsión distintos de los que integran dicho sistema».
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 8.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo II - Campo de aplicación y estructura del sistema de la Seguridad Social». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 8 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 11 de 28 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «En otros regímenes de previsión distintos de los del sistema.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Artículo o apartado
- Artículo 8 - Prohibición de inclusión múltiple obligatoria
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 11 de 28
- Última revisión
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