Según el artículo 4.4.º de la Ley 31/1995, ¿qué se entiende por «riesgo laboral grave e inminente»?

  1. AEl que ya se ha materializado causando lesiones graves a uno o varios trabajadores de la empresa.
  2. BEl que figura como tal en la evaluación inicial de riesgos realizada por el servicio de prevención.
  3. CEl que derive de actividades consideradas peligrosas o con riesgos especiales por un reglamento.
  4. El que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 4.4.º lo define como aquel «que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores».

Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 4.4.º.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Prevención de Riesgos Laborales», dentro del tema «Capítulo I - Objeto, ámbito de aplicación y definiciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 4 de Ley 31/1995. Es la pregunta 10 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «El que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave.».

Artículo o apartado
Artículo 4 - Definiciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 10 de 13
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