A efectos de la Ley 31/1995 (art. 4.6.º), ¿cómo se define el concepto de «equipo de trabajo»?

  1. Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.Respuesta correcta
  2. BCualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador.
  3. CEl grupo de trabajadores designados para ocuparse de la actividad preventiva.
  4. DEl conjunto de herramientas que el trabajador aporta para prestar sus servicios.

Explicación

El artículo 4.6.º entiende como equipo de trabajo «cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo»; el equipo llevado o sujetado por el trabajador es el equipo de protección individual.

Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, art. 4.6.º.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Prevención de Riesgos Laborales», dentro del tema «Capítulo I - Objeto, ámbito de aplicación y definiciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 4 de Ley 31/1995. Es la pregunta 11 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.».

Artículo o apartado
Artículo 4 - Definiciones
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 13
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