Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 3.3 del Decreto 275/2010, las Unidades de Igualdad de Género estarán integradas por:

  1. APersonal funcionario del Instituto Andaluz de la Mujer en comisión de servicios.
  2. BRepresentantes de las organizaciones de mujeres inscritas en el Censo del Instituto.
  3. CPersonal directivo con rango, al menos, de Director o Directora General.
  4. Personal técnico con formación en materia de género y de igualdad de oportunidades.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 3.3 exige que las Unidades estén «integradas por personal técnico con formación en materia de género y de igualdad de oportunidades». El rango de Director o Directora General es el exigido a las vocalías de órganos colegiados como la Comisión Interdepartamental (Decreto 437/2008), y la participación de organizaciones de mujeres se canaliza a través del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres.

Referencia: Decreto 275/2010, de 27 de abril, art. 3.

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