Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
¿Qué plan deben seguir y evaluar las Unidades de Igualdad de Género según el artículo 4.b) del Decreto 275/2010, sin perjuicio de las funciones de otros órganos?
- AEl Plan integral de sensibilización y prevención contra la violencia de género de Andalucía.
- El Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres del artículo 7 de la Ley 12/2007.Respuesta correcta
- CEl Plan de igualdad de la Consejería competente en materia de función pública de la Junta.
- DEl Plan anual de formación del Instituto Andaluz de Administración Pública en igualdad.
Explicación
El artículo 4.b) encomienda a las Unidades «llevar a cabo el seguimiento, evaluación del desarrollo y cumplimiento del Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres establecido por el artículo 7 de la Ley 12/2007». Respecto de los planes de igualdad del artículo 32 de esa Ley, su función es distinta: asesorar en su elaboración y colaborar en su evaluación (artículo 4.e).
Referencia: Decreto 275/2010, de 27 de abril, art. 4.
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- Según el artículo 1 del Decreto 275/2010, las Unidades de Igualdad de Género, creadas por el artículo 60.1 de la Ley 12/2007, se configuran como:
- De conformidad con el artículo 2.1 del Decreto 275/2010, las Unidades de Igualdad de Género tienen como fin:
- Además de en las Consejerías, el artículo 2.2 del Decreto 275/2010 prevé que podrán existir Unidades de Igualdad de Género en:
- ¿Quién designa el órgano directivo que asume las funciones de Unidad de Igualdad de Género en cada Consejería, según el artículo 3.1 del Decreto 275/2010?
- Si una persona titular de Consejería no crea una Unidad de Igualdad de Género en sus agencias administrativas o de régimen especial, el artículo 3.2 del Decreto 275/2010 dispone que sus funciones las asumirá:
- Según el artículo 3.3 del Decreto 275/2010, las Unidades de Igualdad de Género estarán integradas por:
- Conforme al artículo 4.a) del Decreto 275/2010, las Unidades de Igualdad de Género asesoran a los órganos competentes de la Consejería en la elaboración de:
- En relación con las estadísticas oficiales de su Consejería y de sus entidades instrumentales, el artículo 4.c) del Decreto 275/2010 atribuye a las Unidades de Igualdad de Género: