Según el artículo 29.1, ¿de qué descanso diario computable como trabajo efectivo dispone el personal?

  1. De 30 minutos.Respuesta correcta
  2. BDe 20 minutos diarios dentro de la jornada.
  3. CDe 45 minutos diarios dentro de la jornada.
  4. DDe 15 minutos diarios dentro de la jornada.

Explicación

El artículo 29.1 reconoce «un descanso de 30 minutos diarios que se computará como trabajo efectivo».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 29.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VIII - Jornada y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 29.1. Es la pregunta 21 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «De 30 minutos.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 29 - Disposiciones comunes
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 21 de 32
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