Según el artículo 27.5 del Decreto 622/2019, ¿con qué finalidad pueden establecerse, de forma debidamente justificada, limitaciones de tamaño o de otra índole en la presentación de documentos?
- AReducir el volumen de documentación que deben aportar las personas interesadas en cada procedimiento.
- BEvitar que se presenten documentos que ya obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía.
- CAsegurar que todos los documentos se presenten firmados con un certificado electrónico cualificado.
- Garantizar la compatibilidad técnica de los documentos con las aplicaciones de gestión de los servicios y procedimientos.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 27.5 permite esas limitaciones, de acuerdo con los instrumentos informáticos y vías de comunicación existentes, «a fin de garantizar la compatibilidad técnica de los documentos con las aplicaciones informáticas que se utilicen para la gestión electrónica de los servicios y procedimientos». Las demás finalidades no son las que menciona el precepto.
Referencia: Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, art. 27.5.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Capítulo V - Registro electrónico y comunicaciones interiores». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 27 de Decreto 622/2019. Es la pregunta 10 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción D: «Garantizar la compatibilidad técnica de los documentos con las aplicaciones de gestión de los servicios y procedimientos.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 27 - Presentación de documentos
- Dificultad
- Avanzada
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 10 de 13
- Última revisión
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